Cómo contabilizar criptomonedas y tokens según la normativa contable española

NORMATIVA ESPAÑOLA

5/8/20244 min read

A close-up of a glowing Bitcoin coin resting on a digital circuit board background.
A close-up of a glowing Bitcoin coin resting on a digital circuit board background.

Cómo contabilizar criptomonedas y tokens según la normativa contable española

En España, el tratamiento contable de las criptomonedas está definido principalmente por:

Consulta 4 del BOICAC Nº 120 (diciembre 2019)

A la fecha, es la única norma oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que analiza directamente la naturaleza contable de las criptomonedas y establece su clasificación.

Su conclusión principal es que:

Las criptomonedas no son efectivo, ni equivalentes de efectivo, ni instrumentos financieros.

Para las empresas y de acuerdo con la finalidad de la compra, se contabilizan como inmovilizado intangible o existencias.

🟦 1. Clasificación contable según el uso

A) Empresa que compra criptomonedas para mantenerlas como inversión

→ INMOVILIZADO INTANGIBLE - Norma de Registro y Valoración (NRV 5ª PGC)

📌 Características:

  • No generan derechos de cobro.

  • No se usan como medio de pago propio.

  • Activos no monetarios.

  • Vida útil indefinida → no se amortizan.

📘 Cuenta sugerida:
203. Criptomonedas (subcuenta a ser creada por la empresa)

Valoración:

  • Inicial: precio de compra + costes asociados.

  • Posterior:

    • No se amortizan.

    • Solo deterioro si el valor disminuye.

    • No se reconocen ganancias por subida del mercado.

B) Empresa que compra y vende criptomonedas de forma habitual

→ EXISTENCIAS - Norma de Registro y Valoración (NRV 10ª PGC)

📘 Cuenta sugerida:
308. Criptomonedas – Existencias

Valoración:

  • Inicial: coste de adquisición.

  • Posterior: menor entre coste y valor neto realizable.

  • No se actualizan al valor de mercado.

🟦 2. Asientos contables

🟪 A) Empresa inversora (Intangibles)

📍 Ejemplo 1: Compra de criptomonedas (intangible)

La empresa compra 2 BITCOIN (BTC) por 40.000 € cada uno → Total: 80.000 €.

Cuenta

Debe

Haber

203 Criptomonedas

80.000 €

572 Bancos

80.000 €

📍 Ejemplo 2: Deterioro del valor

Valor razonable al cierre: 35.000 € × 2 = 70.000 €
Valor en libros: 80.000 €
Deterioro: 10.000 €

Cuenta

Debe

Haber

693 Deterioro de intangibles

10.000 €

290 Deterioro acumulado

10.000 €

📍 Ejemplo 3: Venta de 1 BITCOIN (BTC)

Venta: 45.000 €
Valor contable por unidad (neto de deterioro): 35.000 €
Beneficio: 10.000 €

Cuenta

Debe

Haber

572 Bancos

45.000 €

203 Criptomonedas

40.000 €

771 Beneficio por enajenación

5.000 €

290 Deterioro acumulado

5.000 €

794 – Rev. del deterioro del inmovilizado

5.000 €

🟩 B) Empresa que hace trading (Existencias)

📍 Ejemplo 4: Compra

Compra 5 ETHEREUM (ETH) por 2.000 € → Total: 10.000 €.

Cuenta

Debe

Haber

308 Criptomonedas – Existencias

10.000 €

572 Bancos

10.000 €

📍 Ejemplo 5: Venta

3 ETHEREUM (ETH) × 2.500 € = 7.500 € (ingresos)
Coste FIFO: 3 × 2.000 € = 6.000 €

Cuenta

Debe

Haber

572 Bancos

7.500 €

700 Ventas

7.500 €

Variación de existencias:
Inicial: 10.000 €
Final: 8.000 €
Disminución: 2.000 €

Cuenta

Debe

Haber

610 Variación de existencias

2.000 €

330 Existencias finales

2.000 €

🟦 3. Criptomonedas recibidas como pago

📍 Ejemplo 6: Cobro de servicio en criptomonedas

Valor del servicio: 3.000 €, cobrado en ETHEREUM (ETH).

Cuenta

Debe

Haber

203 o 308 Criptomonedas

3.000 €

705 Prestación de servicios

3.000 €

🟦 4. Permuta de criptomonedas BITCOIN (BTC) → ETHEREUM (ETH)

Ejemplo:

  • Valor contable BITCOIN (BTC) entregado: 30.000 €

  • Valor razonable ETHEREUM (ETH) recibido: 32.000 €

Beneficio: 2.000 €

Cuenta

Debe

Haber

203 ETHEREUM (ETH)

32.000 €

203 BITCOIN (BTC)

30.000 €

771 Beneficio por permuta

2.000 €

🟦 5. TOKENS: tratamiento contable según su naturaleza

Aunque la Consulta 4 del BOICAC 120/2019 se refiere a criptomonedas. En lo relacionado con tokens (basados en blockchain) no existe, en la actualidad, una normativa específica sobre su tratamiento contable en España. No obstante, del análisis comparativo de la normativa internacional y del PCG español, se extrae cuanto sigue:

Los tokens no se contabilizan igual que las criptomonedas, porque su naturaleza depende del derecho que representan.

Existen tres grupos principales:

🟩 A) Utility tokens → Derecho a usar un servicio

Ej.: acceso a plataforma, a un software, a un ecosistema digital. Algunos ejemplos pueden ser:

· BNB (BNB) – Descuentos en comisiones en Binance

· Chainlink (LINK) – Acceso a oráculos

· Cardano (ADA) – Acceso a red y staking

· Polygon (MATIC) – Comisiones en red Polygon

Tratamiento contable:

  • Comprador → anticipo a proveedor o derecho intangible.

  • Emisor → pasivo hasta prestar el servicio (NRV 14ª).

Ejemplo:

Compra de utility token por 500 €.

Cuenta

Debe

Haber

209 Anticipos intangibles

500 €

572 Bancos

500 €

Cuando se consume el servicio:

Cuenta

Debe

Haber

623 Servicios exteriores

500 €

209 Anticipos intangibles

500 €

🟦 B) Security tokens → Derechos financieros

Representan rendimientos, intereses, participaciones, o derechos económicos sobre una entidad. Algunos ejemplos pueden ser:

· Synthetix (SNX) – Rendimientos por staking

· Aave (AAVE) – Derechos económicos en protocolos de préstamos

· Maker (MKR) – Participación en gobernanza y retornos

· Uniswap (UNI) – Participación indirecta en las comisiones del DEX

Tratamiento contable:

Según sus características:

  • Instrumento financiero (NRV 9ª)

  • Inversión financiera (grupo 25)

Ejemplo:

Compra por 1.200 € de un token que genera intereses:

Cuenta

Debe

Haber

250 Inversiones financieras a LP

1.200 €

572 Bancos

1.200 €

🟥 C) Asset-backed tokens → Respaldados por activos reales

Ej.: oro tokenizado, inmuebles tokenizados, arte digital fraccionado. Algunos ejemplos pueden ser:

· PAX Gold (PAXG) – Oro físico

· TEthereum (ETH)er Gold (XAUT) – Oro asignado

· RealT Tokens – Inmuebles tokenizados (EE. UU.)

· Ondas ArtToken – Arte tokenizado

Tratamiento contable:

Dependerá del activo subyacente:

  • Oro → existencias o inversión material

  • Inmueble tokenizado → inversión inmobiliaria

  • Arte → inmovilizado / activo intangible

Ejemplo:

Token que representa 1 onza de oro — 1.800 €.

Cuenta

Debe

Haber

217 Inversiones materiales

1.800 €

572 Bancos

1.800 €

🟦 Conclusión

La normativa contable española establece un marco prudente y bien definido para el tratamiento de las criptomonedas. En el caso de los tokens, y ante la ausencia de una regulación específica a nivel nacional, resulta necesario acudir a las normas internacionales para realizar un análisis adecuado y determinar su correcta contabilización. Aun así, considerando la normativa vigente tanto española como internacional, los cripto activos pueden resumirse del siguiente modo:

  1. Las criptomonedas no se consideran efectivo ni instrumentos financieros.

  2. Su clasificación depende del uso previsto por la empresa:

    • Inversión a largo o medio plazo → inmovilizado intangible.

    • Actividad de compraventa habitual (trading) → existencias.

  3. Las variaciones de valor solo se reconocen cuando existe un hecho económico verificable, como:

    • la venta,

    • la permuta con un valor razonable fiable,

    • o el deterioro.

  4. No se reconocen ganancias latentes, de acuerdo con el principio de prudencia.

  5. Los tokens requieren un análisis específico aplicando el criterio de sustancia económica:

    • Utility tokens → se registran como anticipos de clientes o pasivos por servicios pendientes de prestar.

    • Security tokens → se tratan como instrumentos financieros.

    • Asset-backed tokens → se contabilizan según la naturaleza del activo subyacente.

  6. El enfoque general busca asegurar consistencia, transparencia y evitar que la volatilidad especulativa distorsione los estados financieros.