Cómo contabilizar criptomonedas y tokens según la normativa contable española
NORMATIVA ESPAÑOLA
5/8/20244 min read
Cómo contabilizar criptomonedas y tokens según la normativa contable española
En España, el tratamiento contable de las criptomonedas está definido principalmente por:
✔ Consulta 4 del BOICAC Nº 120 (diciembre 2019)
A la fecha, es la única norma oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) que analiza directamente la naturaleza contable de las criptomonedas y establece su clasificación.
Su conclusión principal es que:
Las criptomonedas no son efectivo, ni equivalentes de efectivo, ni instrumentos financieros.
Para las empresas y de acuerdo con la finalidad de la compra, se contabilizan como inmovilizado intangible o existencias.
🟦 1. Clasificación contable según el uso
A) Empresa que compra criptomonedas para mantenerlas como inversión
→ INMOVILIZADO INTANGIBLE - Norma de Registro y Valoración (NRV 5ª PGC)
📌 Características:
No generan derechos de cobro.
No se usan como medio de pago propio.
Activos no monetarios.
Vida útil indefinida → no se amortizan.
📘 Cuenta sugerida:
203. Criptomonedas (subcuenta a ser creada por la empresa)
Valoración:
Inicial: precio de compra + costes asociados.
Posterior:
No se amortizan.
Solo deterioro si el valor disminuye.
No se reconocen ganancias por subida del mercado.
B) Empresa que compra y vende criptomonedas de forma habitual
→ EXISTENCIAS - Norma de Registro y Valoración (NRV 10ª PGC)
📘 Cuenta sugerida:
308. Criptomonedas – Existencias
Valoración:
Inicial: coste de adquisición.
Posterior: menor entre coste y valor neto realizable.
No se actualizan al valor de mercado.
🟦 2. Asientos contables
🟪 A) Empresa inversora (Intangibles)
📍 Ejemplo 1: Compra de criptomonedas (intangible)
La empresa compra 2 BITCOIN (BTC) por 40.000 € cada uno → Total: 80.000 €.
Cuenta
Debe
Haber
203 Criptomonedas
80.000 €
572 Bancos
80.000 €
📍 Ejemplo 2: Deterioro del valor
Valor razonable al cierre: 35.000 € × 2 = 70.000 €
Valor en libros: 80.000 €
Deterioro: 10.000 €
Cuenta
Debe
Haber
693 Deterioro de intangibles
10.000 €
290 Deterioro acumulado
10.000 €
📍 Ejemplo 3: Venta de 1 BITCOIN (BTC)
Venta: 45.000 €
Valor contable por unidad (neto de deterioro): 35.000 €
Beneficio: 10.000 €
Cuenta
Debe
Haber
572 Bancos
45.000 €
203 Criptomonedas
40.000 €
771 Beneficio por enajenación
5.000 €
290 Deterioro acumulado
5.000 €
794 – Rev. del deterioro del inmovilizado
5.000 €
🟩 B) Empresa que hace trading (Existencias)
📍 Ejemplo 4: Compra
Compra 5 ETHEREUM (ETH) por 2.000 € → Total: 10.000 €.
Cuenta
Debe
Haber
308 Criptomonedas – Existencias
10.000 €
572 Bancos
10.000 €
📍 Ejemplo 5: Venta
3 ETHEREUM (ETH) × 2.500 € = 7.500 € (ingresos)
Coste FIFO: 3 × 2.000 € = 6.000 €
Cuenta
Debe
Haber
572 Bancos
7.500 €
700 Ventas
7.500 €
Variación de existencias:
Inicial: 10.000 €
Final: 8.000 €
Disminución: 2.000 €
Cuenta
Debe
Haber
610 Variación de existencias
2.000 €
330 Existencias finales
2.000 €
🟦 3. Criptomonedas recibidas como pago
📍 Ejemplo 6: Cobro de servicio en criptomonedas
Valor del servicio: 3.000 €, cobrado en ETHEREUM (ETH).
Cuenta
Debe
Haber
203 o 308 Criptomonedas
3.000 €
705 Prestación de servicios
3.000 €
🟦 4. Permuta de criptomonedas BITCOIN (BTC) → ETHEREUM (ETH)
Ejemplo:
Valor contable BITCOIN (BTC) entregado: 30.000 €
Valor razonable ETHEREUM (ETH) recibido: 32.000 €
Beneficio: 2.000 €
Cuenta
Debe
Haber
203 ETHEREUM (ETH)
32.000 €
203 BITCOIN (BTC)
30.000 €
771 Beneficio por permuta
2.000 €
🟦 5. TOKENS: tratamiento contable según su naturaleza
Aunque la Consulta 4 del BOICAC 120/2019 se refiere a criptomonedas. En lo relacionado con tokens (basados en blockchain) no existe, en la actualidad, una normativa específica sobre su tratamiento contable en España. No obstante, del análisis comparativo de la normativa internacional y del PCG español, se extrae cuanto sigue:
Los tokens no se contabilizan igual que las criptomonedas, porque su naturaleza depende del derecho que representan.
Existen tres grupos principales:
🟩 A) Utility tokens → Derecho a usar un servicio
Ej.: acceso a plataforma, a un software, a un ecosistema digital. Algunos ejemplos pueden ser:
· BNB (BNB) – Descuentos en comisiones en Binance
· Chainlink (LINK) – Acceso a oráculos
· Cardano (ADA) – Acceso a red y staking
· Polygon (MATIC) – Comisiones en red Polygon
Tratamiento contable:
Comprador → anticipo a proveedor o derecho intangible.
Emisor → pasivo hasta prestar el servicio (NRV 14ª).
Ejemplo:
Compra de utility token por 500 €.
Cuenta
Debe
Haber
209 Anticipos intangibles
500 €
572 Bancos
500 €
Cuando se consume el servicio:
Cuenta
Debe
Haber
623 Servicios exteriores
500 €
209 Anticipos intangibles
500 €
🟦 B) Security tokens → Derechos financieros
Representan rendimientos, intereses, participaciones, o derechos económicos sobre una entidad. Algunos ejemplos pueden ser:
· Synthetix (SNX) – Rendimientos por staking
· Aave (AAVE) – Derechos económicos en protocolos de préstamos
· Maker (MKR) – Participación en gobernanza y retornos
· Uniswap (UNI) – Participación indirecta en las comisiones del DEX
Tratamiento contable:
Según sus características:
Instrumento financiero (NRV 9ª)
Inversión financiera (grupo 25)
Ejemplo:
Compra por 1.200 € de un token que genera intereses:
Cuenta
Debe
Haber
250 Inversiones financieras a LP
1.200 €
572 Bancos
1.200 €
🟥 C) Asset-backed tokens → Respaldados por activos reales
Ej.: oro tokenizado, inmuebles tokenizados, arte digital fraccionado. Algunos ejemplos pueden ser:
· PAX Gold (PAXG) – Oro físico
· TEthereum (ETH)er Gold (XAUT) – Oro asignado
· RealT Tokens – Inmuebles tokenizados (EE. UU.)
· Ondas ArtToken – Arte tokenizado
Tratamiento contable:
Dependerá del activo subyacente:
Oro → existencias o inversión material
Inmueble tokenizado → inversión inmobiliaria
Arte → inmovilizado / activo intangible
Ejemplo:
Token que representa 1 onza de oro — 1.800 €.
Cuenta
Debe
Haber
217 Inversiones materiales
1.800 €
572 Bancos
1.800 €
🟦 Conclusión
La normativa contable española establece un marco prudente y bien definido para el tratamiento de las criptomonedas. En el caso de los tokens, y ante la ausencia de una regulación específica a nivel nacional, resulta necesario acudir a las normas internacionales para realizar un análisis adecuado y determinar su correcta contabilización. Aun así, considerando la normativa vigente tanto española como internacional, los cripto activos pueden resumirse del siguiente modo:
Las criptomonedas no se consideran efectivo ni instrumentos financieros.
Su clasificación depende del uso previsto por la empresa:
Inversión a largo o medio plazo → inmovilizado intangible.
Actividad de compraventa habitual (trading) → existencias.
Las variaciones de valor solo se reconocen cuando existe un hecho económico verificable, como:
la venta,
la permuta con un valor razonable fiable,
o el deterioro.
No se reconocen ganancias latentes, de acuerdo con el principio de prudencia.
Los tokens requieren un análisis específico aplicando el criterio de sustancia económica:
Utility tokens → se registran como anticipos de clientes o pasivos por servicios pendientes de prestar.
Security tokens → se tratan como instrumentos financieros.
Asset-backed tokens → se contabilizan según la naturaleza del activo subyacente.
El enfoque general busca asegurar consistencia, transparencia y evitar que la volatilidad especulativa distorsione los estados financieros.
